Responsabilidad del Estado por sus actos lícitos.
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Resumen
Comenzaré recordando que la aceptación de la responsabilidad del
Estado por sus actos “lícitos” constituye, en este orden de ideas, la más
reciente conquista del “Estado de Derecho”. Anteriormente no sólo se
negaba la procedencia de este tipo de responsabilidad estatal, sino que
se negaba lisa y llanamente, en todos los aspectos, la responsabilidad ex-
tracontractual del Estado en el ámbito del derecho público.
Estado por sus actos “lícitos” constituye, en este orden de ideas, la más
reciente conquista del “Estado de Derecho”. Anteriormente no sólo se
negaba la procedencia de este tipo de responsabilidad estatal, sino que
se negaba lisa y llanamente, en todos los aspectos, la responsabilidad ex-
tracontractual del Estado en el ámbito del derecho público.
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